CONFLICTO DE TIERRAS EN XALAPA

Campesinos del ejido de Cujuliapan, pertenecientes al municipio de Villa Azueta, pidieron al gobierno estatal solucionar el conflicto de disputa de tierras que mantienen desde 1986 con los integrantes de la Central Campesina Independiente (CCI), dirigida por Juan Cristóbal Céspedes.
El comisariado ejidal de Cujuliapan, municipio de Villa Azueta, Jehu Apo Domínguez, explicó que en 1986 la Secretaría de la Reforma Agraria les entregó el certificado de posesión de tierras de las 522 hectáreas, firmada por el ex presidente de la República Mexicana, Miguel de la Madrid Hurtado, en beneficio de 51 ejidatarios.
La comitiva de José Azueta, integrada por 30 hombres, arribo a Palacio de Gobierno acompañados por el secretario general de la Unión General Obrero Campesina y Popular (UGOCP) Luis Gómez Garay.
En entrevista, el comisariado indicó que el problema se deriva porque las administraciones municipales pasadas de José Azueta y Villa Isla no se han ocupado en trazar los límites territoriales entre los dos poblados, por lo que eso ha provocado la disputa de las tierras, ya que sólo los divide un río.
Los campesinos acusaron que durante cinco sexenios de gobierno estatal han gastado dinero en vano para arreglar el problema de las tierras, porque los funcionarios en turno los citan en Palacio de Gobierno para supuestamente ya solucionar el conflicto, sin embargo, los resultados han sido nulos.
Dijeron que la comitiva de hombres de José Azueta gasta un promedio de tres mil pesos en cada uno de los viajes que realizan a Xalapa para encontrar respuesta, situación que ha desgastado su economía familiar, porque ya suman muchos años sin soluciones.
Apo Domínguez explicó que “los gobiernos no se ubican, nos tienen enredados, el problema es que nos llaman y nos dicen: ‘Vengan a Xalapa a una reunión’ y venimos y venimos, años pasan, gobiernos también, nosotros gastamos y gastamos en pasajes y no arreglan nada, nosotros somos pacíficos, ellos también, los del CCI, pero ya son 58 años de lucha y ya nos estamos desesperando, porque es mucho dinero el que se gasta en vueltas a la ciudad”.
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Este museo es el primero totalmente virtual hecho en el país, con nueve salas digitales en las que se aborda el devenir del movimiento social y político que demanda la justa distribución de la tierra

Lo anterior se realiza a través de elementos multimedia que suman aproximadamente 50 documentos de carácter histórico entre reproducciones de códices, mapas, ordenanzas, cédulas y mercedes reales, amparos, planos, cartas y fotografías que van de los siglos XVI a la actualidad.
El cibernauta podrá conocer mediante escenarios en 360 grados las formas de la tenencia de la tierra en México. Todo esto mediante las salas: ¿Qué es el agrarismo?, Concepto prehispánico, Estatus político, Estatus ideológico, Reparto y formas de propiedad, Las transformaciones en el siglo XX, Tercera Etapa Agraria, Desarrollo Agrario y Nueva Era: Visión de futuro.

La visita por este recinto se complementa con cuatro videos, uno de los cuales versa sobre los códices de tierras; otro, sobre la representación de Tlaltecuhtli, deidad mexica de la tierra; y uno más abunda en la llamada Tercera Etapa Agraria, que apuesta hoy en día por el desarrollo rural sustentable.
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Oaxaca, Oaxaca.- La selva de los Chimalapas está en alerta, un conflicto de más de 40 años mantiene en suspenso la tranquilidad de los habitantes.

El tesoro maderero en la zona es el causante de una pugna que podría desatar más violencia.

Los protagonistas son los ejidatarios chiapanecos y los comuneros oaxaqueños.

Hay hombres en San Miguel Chimalapa que han vivido con el conflicto toda su vida.

Son comuneros que acusan a los chiapanecos de invadir territorio oaxaqueño para explotar la madera.

Señala un habitante que “en Chiapas dicen que tiene su documento más antiguo, pero en Oaxaca está la documentación, lo vi también en el año de 1972”.

En el camino a San Antonio Chimalapa aún hay restos de los destrozos que han provocado los chiapanecos. Y es que han talado los árboles y han utilizado los troncos para bloquear.

Una caravana llegó a la población para resguardar la zona y con ella observadores de los derechos humanos.

Otra habitante comentó “el gobierno federal ha venido a entrampar esta situación durante años, se ha hecho un análisis exhaustivo del conflicto y se ha llegado a la determinación que existen diversos intereses tanto del estado de Chiapas como del de Oaxaca y que la realidad este conflicto agrario a los gobiernos pareciera ser que no les interesa solucionarlo y que más bien administran el problema porque tienen que cubrir sus intereses”.

La presencia del Ejército en San Antonio Chimalapa ayudará a evitar conflictos entre Oaxaca y Chiapas. Mientras, los chimalapas lo único que piden es el reconocimiento a sus tierras.

La tierra de los chimalapas es como un campo de guerra, un campo de guerra en tregua que en cualquier momento puede estallar.

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A partir del establecimiento de la jurisdicción agraria mediante los tribunales especializados en la materia, nos hemos percatado que en la práctica esta supletoriedad es invocada, de manera excesiva, advirtiendo dos razones, a mi modo de ver infundadas: la primera, que las disposiciones que regulan el proceso agrario son muy limitadas y la segunda, que el conocimiento del código adjetivo federal civil es más amplio por parte de los magistrados, porque han tenido la mayoría de ellos la oportunidad de transitar en otros ámbitos donde se aplica la jurisdicción en materia civil.
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los actos que realiza la Procuraduría Agraria, concretamente en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 24 del ordenamiento jurídico que rige esta materia, en los supuestos en que el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia se nieguen a convocar a asamblea, y en acatamiento a la voluntad de la ley, la institución se encuentra obligada a convocar al máximo órgano interno de los núcleos agrarios, situación que en nuestra opinión no implica ningún acto de autoridad, en razón de que cuando se celebran asambleas en estos términos, la Procuraduría Agraria una vez que convoca sólo constata la legalidad del procedimiento de la convocatoria y la integración legal de la asistencia calificada, pero en nada influye en las decisiones que se tomen, ni mucho menos tiene la atribución, al igual que ninguna autoridad administrativa, de sancionar la validez de los acuerdos que se tomen en ella.
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la normatividad regulada en el numeral 166 que le otorga atribución a los tribunales agrarios para proveer las diligencias precautorias necesaria a fin de proteger a los interesados y además acordar la suspensión del acto de autoridad en materia agraria que pudiera afectarlos en tanto se resuelve en definitiva. Esta suspensión, por virtud de las reformas y adiciones de la Ley Agraria publicadas en el Diario Oficial de la federación el 9 de julio de 1993, se regula aplicando en lo conducente lo dispuesto en el libro primero, título segundo, capítulo III de la Ley de Amparo, que anteriormente de manera errónea disponía su regulación invocando lo dispuesto en el libro primero, título sexto, capítulo II del Código Federal de Procedimientos Civiles.
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Principio del juez

al principio de lealtad y probidad que debe regir en el juez, algunos magistrados aplican su amplio conocimiento en otras ramas del derecho, para tratar de encontrar alguna causa, supuestamente fundada, para rechazar las demandas planteadas ante sus magistraturas, con el obvio propósito de trasferir su responsabilidad, irrenunciable, de resolver conforme a derecho, las controversias agrarias, evitando con ello la obligación que tienen de impartir justicia.
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