Al reformarse el artículo 27 constitucional, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la federación el 6 de enero de 1991 y adicionarse el párrafo segundo de la fracción XIX que dispuso el establecimiento de un órgano para la procuración de justicia agraria, a través de su Ley Reglamentaria, fue creada la Procuraduría Agraria con la función trascendente de brindar servicios gratuitos a los campesinos del país, con el objeto de defender sus derechos, cuando así lo soliciten, o de oficio en los términos de la propia ley.
También tiene otras funciones de servicio social, que se traducen en la obligación de fomentar la integridad de las comunidades indígenas y llevar a cabo opciones tendientes a elevar socialmente el nivel de vida en el campo, y consolidar los núcleos agrarios.
También tiene otras funciones de servicio social, que se traducen en la obligación de fomentar la integridad de las comunidades indígenas y llevar a cabo opciones tendientes a elevar socialmente el nivel de vida en el campo, y consolidar los núcleos agrarios.
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