Los procesos que siguieron a la reforma jurídica agraria en los primeros años de
la década de los noventa hay quedado registrados cuantitativamente en el último
censo agropecuario mexicano. Y los saldos no son positivos bajo ninguna óptica.
La propiedad social, podría decirse con razón, sigue siendo predominante; sin
embargo en modo alguno se ha erradicado la pobreza rural. La migración del campo
a las ciudades y la feminización de la agricultura a la que numerosos estudios
hacen referencia es evidencia de la crisis productiva y de la caída neta de los
ingresos. Las unidades productivas, especialmente las que laboran a partir de
mano de obra familiar, operan con pérdidas de manera crónica, y los programas
públicos de apoyo al productor tienen un impacto mínimo en el objetivo de
arraigo. Como aliciente a la productividad definitivamente han perdido sentido.
La atomización de los predios es una tendencia que no logró revertirse en el
agro, y en cambio la reconcentración de los mejores suelos se verifica con o sin
evidencias legales.
La vigencia de la problemática, su profundización y la aparición de procesos novedosos en el medio rural, entraña entonces replantear el contenido de los preceptos agrarios. Y particularmente se hace necesario cuestionar hasta qué punto la normatividad se ha erigido en parte misma del problema, en aras de su reconstrucción.
La vigencia de la problemática, su profundización y la aparición de procesos novedosos en el medio rural, entraña entonces replantear el contenido de los preceptos agrarios. Y particularmente se hace necesario cuestionar hasta qué punto la normatividad se ha erigido en parte misma del problema, en aras de su reconstrucción.
Leave a comment