EL NUEVO DERECHO PROCESAL AGRARIO EN MÉXICO

la jurisdicción agraria es suprema potestad de impartir justicia, atributo de la soberanía inherente al Estado que la haceo de la soberanía inherente al Estado que la hace efectiva por conducto de sus órganos, incumbiendo a éstos la decisión del proceso y la ejecución de la resolución de sentencia. Por otra parte, se dice que la jurisprudencia que establezca el Tribunal Superior Agrario será obligatoria para los tribunales unitarios
a partir de su publicación en el Boletín Judicial Agrario. Tal afirmación que conlleva dicho criterio es totalmente ilegal en virtud de que la única autoridad que tiene facultades para emitir jurisprudencia es el Poder Judicial de la Federación, atento a lo ordenado sobre el particular en el artículo 192 de la Ley de Amparo.
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