los principios procesales en el juicio en general y en el agrario en particular, no son fin en si mismos, son medios del debido proceso, que construyen el acceso a la justicia pronta, debida, expedita, honesta y gratuita. Son, los principios procesales, la herramienta diaria del quehacer jurisdiccional que ensancha el camino de acceso a la impartición de justicia. La satisfacción de un derecho del justiciable por parte del Estado, como obligación de éste.
 El riesgo es convertir los principios procesales en simple demagogia, cuando, existiendo en la norma, no se apliquen en el trámite y resolución de la controversia.
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